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CUBA VS BLOQUEO 2009

Informe de Cuba sobre la Resolución 63/7 de la Asamblea General de las
Naciones Unidas


Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiera
por los EE.UU contra Cuba



1. Introducción
2. La Nueva Administración Norteamericana.
Medidas Adoptadas
3. Afectaciones del Bloqueo en los Sectores de Mayor Impacto Social
4. Oposición a la Política Genocida de Bloqueo contra Cuba
5. Conclusiones

1. Introducción
El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados
Unidos contra Cuba desde hace 50 años, es la expresión más elevada de
una política cruel e inhumana, carente de legalidad y legitimidad y
deliberadamente diseñada para provocar hambre, enfermedades y
desesperación en la población cubana. Nada cambió en el transcurso de
diez gobiernos norteamericanos sucesivos, como no fuera para
recrudecer esta política. Nada esencial ha cambiado tampoco desde la
llegada al poder del nuevo Gobierno estadounidense, establecido en
enero de 2009.

Con el incumplimiento absoluto de la Resolución 63/7, adoptada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas el 29 de octubre de  2008, en
una votación de 185 Estados a favor y sólo 3 en contra, el Gobierno de
los Estados Unidos, lejos de poner fin al bloqueo económico, comercial
y financiero que impuso contra la República de Cuba, ha mantenido en
vigor las leyes, disposiciones y prácticas que le sirven de sustento.
Se ha continuado reforzando los mecanismos políticos, administrativos
y represivos para su instrumentación más eficaz y deliberada.

El actual gobierno de los Estados Unidos, ha continuado aplicando el
bloqueo contra Cuba con todo rigor. No se ha enunciado y mucho menos
emprendido acción alguna para desmontar el complejo entramado de leyes
y disposiciones administrativas que conforman las bases legales y las
regulaciones del bloqueo. Tampoco han sido modificados los fundamentos
sobre los que se erige esa política. Así lo demuestran las
legislaciones y regulaciones vigentes que se relacionan a continuación.

Ley de Comercio con el Enemigo (TWEA, por sus siglas en inglés). Fue
promulgada como medida de guerra en 1917 para restringir el comercio
con naciones consideradas hostiles. Se expandió su aplicación con
posterioridad, para autorizar al Presidente la regulación de
transacciones de propiedad que involucraran en un país extranjero a
alguno de sus nacionales, tanto en tiempo de guerra como “durante
cualquier otro período de emergencia nacional declarado por el
Presidente”. En esta ley se basan las primeras regulaciones del
bloqueo contra Cuba de 1962.

Ley de Asistencia Exterior. Mediante esta ley, promulgada en
septiembre de 1961, el Congreso de los Estados Unidos autorizó al
Presidente de ese país a establecer y mantener “un embargo total sobre
el comercio entre los EE.UU. y Cuba”. También prohibió el otorgamiento
de cualquier ayuda al Gobierno de Cuba.

Ley de Administración de las Exportaciones (EAA, por sus siglas en
inglés). Adoptada en 1979, como resultado de la revisión de los
controles sobre las exportaciones. Otorgó al Presidente la autoridad
para controlar, en general, las exportaciones y reexportaciones de
bienes y tecnología y, en particular, para restringir aquellas
exportaciones que contribuyeran al potencial militar de cualquier
país, en detrimento de la seguridad nacional de los EE.UU.

Ley para la Democracia Cubana (CDA, por sus siglas en inglés). Esta
ley, más conocida como la Ley Torricelli, fue firmada por el
Presidente Bush padre en octubre de 1992. Con ella, el gobierno de los
Estados Unidos reforzó las medidas económicas contra Cuba y brindó
sustento normativo a la extraterritorialidad del bloqueo. Prohibió a
compañías subsidiarias norteamericanas en terceros países realizar
transacciones con Cuba o nacionales cubanos y la entrada a territorio
norteamericano, durante un plazo de 180 días, de los barcos de
terceros países que hubieran tocado puertos cubanos, entre otras
restricciones.

Ley para la Solidaridad Democrática y la Libertad Cubana. Conocida
como la Ley Helms-Burton. Fue aprobada por el presidente Clinton en
marzo de 1996. Busca desestimular la inversión extranjera e
internacionalizar el bloqueo a Cuba. Codificó las disposiciones del
bloqueo, limitó las prerrogativas del Presidente para suspender esta
política y amplió su alcance extraterritorial. Denegó la entrada a los
EE.UU. a los directivos de empresas extranjeras (y a sus familiares)
que invirtieran en propiedades “confiscadas” en Cuba y estableció la
posibilidad de presentar demandas en su contra en los tribunales de EE.UU.

Ley de Administración de las Exportaciones (EAA, por sus siglas en
inglés). Adoptada en 1979, como resultado de la revisión de los
controles sobre las exportaciones. Otorgó al Presidente la autoridad
para controlar las exportaciones y reexportaciones de bienes y
tecnologías, en particular, para restringir las exportaciones que
contribuyeran al potencial militar de cualquier país, en detrimento de
la seguridad nacional de EE.UU.

Regulaciones de Administración de las Exportaciones(EAR, por sus
siglas en inglés). Entre ellas, se ubica la prohibición de las
exportaciones de los EE.UU. hacia Cuba, salvo en el caso de las
excepciones que se especifican en la propia regulación o las que se
autorizan mediante licencias emitidas por el Buró de Industria y
Seguridad, del Departamento de Comercio. Dichas regulaciones están
amparadas en la Ley de Comercio con el Enemigo y en la Ley de
Administración de las Exportaciones.

La extensión de las legislaciones y regulaciones antes mencionadas,
demuestra, además, que ningún bloqueo ha sido tan abarcador y brutal
contra un pueblo como el que los Estados Unidos han mantenido contra
Cuba. Este clasifica, por un lado, como un acto de genocidio, en
virtud del inciso c del artículo II de la Convención de Ginebra de
1948 para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio y, por
otro, como acto de guerra económica, de acuerdo con la establecido en
la Declaración  relativa al Derecho de la Guerra Marítima adoptada por
la Conferencia Naval de Londres en 1909..

El bloqueo contra Cuba no es una cuestión bilateral entre nuestro país
y los Estados Unidos. La repetida aplicación extraterritorial de las
leyes norteamericanas y la persecución contra los legítimos intereses
de empresas y ciudadanos de terceros países afectan significativamente
la soberanía de muchos otros Estados.

Al amparo de esa política, continúan aplicándose sanciones a empresas
norteamericanas y europeas por realizar transacciones con Cuba.  Los
enfermos cubanos no pueden beneficiarse, en muchas ocasiones, de
nuevos medios de diagnóstico, tecnologías y medicamentos, aunque de
ellos dependan sus vidas, porque independientemente de que estos
fueran producidos o estén disponibles en un tercer país, las leyes del
bloqueo prohíben que Cuba los adquiera si alguno de sus componentes o
programas proceden de los Estados Unidos.

Según cálculos muy conservadores el daño directo a Cuba como resultado
del bloqueo, hasta diciembre del 2008, supera los 96 mil millones de
dólares, cifra que ascendería a 236 mil 221 millones de dólares, si el
cálculo fuera realizado a los precios actuales del dólar
norteamericano. No es difícil imaginar el progreso que Cuba habría
alcanzado y del cual se le ha privado si durante estos 50 años no
hubiese estado sometida a esta brutal guerra económica.

En abierto desafío al creciente reclamo dentro y fuera de los EE.UU.
para que se elimine esta política, el nuevo gobierno norteamericano ha
reiterado una y otra vez su intención de mantener el bloqueo contra
Cuba. El propio Vicepresidente estadounidense, Joseph Biden declaró:
“EEUU mantendrá el bloqueo como herramienta de presión contra Cuba”.

En los capítulos del presente Informe se esboza el verdadero alcance
de las medidas respecto a Cuba adoptadas por la nueva Administración
de los Estados Unidos y se registran las afectaciones provocadas por
el bloqueo a Cuba en el período de marzo de 2008 a abril de 2009.

Declaraciones realizadas en el marco de la Cumbre de los Líderes
Progresistas, en Chile, el 28 de marzo del 2009.

2. La Nueva Administración Norteamericana. Medidas Adoptadas.

La ofensiva mediática y diplomática desplegada por el gobierno de los
EE.UU. podría inducir, erróneamente, a la creencia de que ha comenzado
a desmontarse el bloqueo contra Cuba. Sin embargo, nada está más lejos
de la verdad, como se demuestra a continuación:

¿Cuáles son las medidas adoptadas por la Casa Blanca?

Eliminación de las restricciones a las visitas familiares -con un
límite hasta el tercer grado de consanguinidad- de los cubanos
residentes en Estados Unidos.

Eliminación de las restricciones al envío de remesas de los
cubano-americanos a sus familiares en Cuba  con un límite hasta el
tercer grado de consanguinidad y excluyendo a “miembros del Gobierno
de Cuba” y “miembros del Partido Comunista de Cuba”.

Ampliación del rango de artículos que pueden ser enviados en paquetes
como regalos.

Otorgamiento de licencias para que empresas norteamericanas amplíen
determinadas operaciones de telecomunicaciones con Cuba.

Estas medidas, si bien reparan en parte una grave injusticia, al
devolver a los cubanos residentes en los EE.UU. su derecho de visitar
a sus familiares en Cuba -el que les fuera arrebatado por el gobierno
de George W. Bush -son insuficientes y de alcance muy  limitado,
puesto  que no van más allá de la intención de retornar a la situación
en el plano de las relaciones familiares existentes en el año 2004,
cuando ya el bloqueo económico estaba en pleno vigor y aplicación.

Asimismo, a pesar de que se derogan totalmente las limitaciones a la
frecuencia y duración de las visitas arriba mencionadas, de que se
restituye un concepto más amplio, aunque con restricciones, de
familiares que pueden ser visitados y de que se incrementa el límite
de gastos diarios en que pueden incurrir los visitantes, se mantiene
la prohibición de viajar a cubanos residentes en los EE.UU. que no
tengan familiares en Cuba.

Las medidas referidas tampoco atienden en lo absoluto la restitución
del derecho constitucional de los ciudadanos norteamericanos de viajar
libremente a Cuba, único país del mundo al que se les impide visitar.

En cuanto al eventual otorgamiento de licencias para que empresas
norteamericanas amplíen determinadas operaciones de
tele-comunicaciones con Cuba, hay que destacar que esta medida no es
nueva. La Ley Torricelli estableció un marco legal que permite, desde
1992, ofrecer servicios de telecomunicaciones a Cuba. Sin embargo,
desde esa misma época, las diferentes administraciones limitaron esa
posibilidad a las comunicaciones telefónicas y restringieron, incluso,
el tipo de servicio que las compañías norteamericanas pueden proveer.

Ninguna medida de las recientemente anunciadas indica que esas
limitaciones o restricciones vayan a ser modificadas. Hasta el
momento, su naturaleza es esencialmente mediática. No se ha realizado
anuncio alguno sobre las regulaciones que deben acompañar la medida.

3. Afectaciones del bloqueo en los sectores de mayor impacto social

3.1 Afectaciones al sector externo de la economía cubana

El bloqueo de los Estados Unidos continúa privando a Cuba de
importantes ingresos por exportaciones de bienes y servicios,
obstaculiza el acceso del país a las fuentes externas de
financiamiento y provoca un incremento oneroso en los precios por
concepto de reubicación geográfica del comercio.

Durante el período que se analiza, las afectaciones al sector externo
se calculan en 242.4 millones de dólares.

En el caso de las empresas de este sector, una de las principales
afectaciones se deriva del encarecimiento del financiamiento externo,
por las implicaciones que lleva consigo el elevado riesgo país con el
que son calificadas las operaciones cubanas. El hecho de que las
principales agencias calificadoras de riesgo a nivel global son, en
parte o totalmente, dominadas por capital norteamericano, es un
elemento determinante en esta calificación.

Los financiamientos sólo se logran con tasas de interés por encima de
las prevalecientes en el mercado internacional. Asimismo, la
prohibición del uso del dólar estadounidense en las transacciones de
esas empresas obligó a que se tuvieran que comprar monedas de
reembolso y asumir con ello el riesgo cambiario implícito. El monto de
las afectaciones por estos factores fue de 164.1 millones de dólares.

A continuación brindamos algunos ejemplos que describen las
afectaciones del bloqueo en este sector.

Las empresas cubanas exportadoras de azúcar, café y miel de abeja, al
no tener acceso al mercado norteamericano, se ven obligadas a
reorientar su comercio a mercados menos ventajosos. Esta afectación se
calcula en 49.4 millones de dólares.

La empresa cubana MAPRINTER tiene la necesidad de importar cada año
valores significativos de resinas plásticas, cuyo principal mercado
suministrador es Estados Unidos. Al no tener acceso a dicho mercado,
se ve obligada a buscar mercados alternativos. Durante el año 2008 y
sólo por concepto de diferencia de precios del mercado norteamericano,
MAPRINTER tuvo que pagar aproximadamente 1.9 millones de dólares por
encima de lo previsto.

También han sido evidentes las afectaciones provocadas a este sector
por la aplicación extraterritorial del bloqueo.

En el mes de agosto de 2008, una compañía europea, proveedora
tradicional de compresores de aire, informó a la empresa cubana
MAQUIMPORT que su Casa matriz había sido adquirida por la compañía
norteamericana Gardner Denver Inc., la que había instruido el cierre
de la sucursal de la compañía europea en Cuba y el cese de sus
operaciones con nuestro país. Si bien la empresa cubana logró la
ejecución de los contratos pendientes antes del cierre, lo cierto es
que durante el año 2009, ante la necesidad de garantizar repuestos
para cerca de 300 equipos ya instalados en diferentes industrias,
centros de salud y laboratorios del Polo Científico, se vio obligada a
utilizar intermediarios, con el consabido encarecimiento del producto
entre un 20 y un 30%.

En noviembre de 2008, una compañía sueca informó a MAQUIMPORT la
imposibilidad de honrar un contrato para el suministro de un equipo
para la industria azucarera cubana, debido a que uno de los
componentes del equipo era de origen estadounidense. Este contrato se
canceló, con la consiguiente afectación a la producción azucarera.

Las acciones en virtud del bloqueo contra el sistema bancario y
financiero cubano se han seguido recrudeciendo. En este período, se
han visto reducidas las posibilidades de utilizar los bancos
corresponsales, lo que ha hecho más complejas las transacciones y más
limitado el normal funcionamiento de las instituciones bancarias y
financieras.  A todo esto se adicionan las limitaciones ocasionadas
por la imposibilidad de utilizar el dólar estadounidense como medio de pago.

Una de las manifestaciones del bloqueo en el sector bancario se ha
evidenciado en la cancelación de claves BKE para la autenticación de
mensajes SWIFT con Cuba. Durante el período, un banco europeo, otro
canadiense y otros dos ubicados en países latinoamericanos aplicaron
dicha medida contra Cuba.

La Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones Consolidadas
Suplementarias y de Emergencia de los Estados Unidos de 1999 y las
nuevas agresiones en el tema marcario

El Gobierno de Estados Unidos ha continuado realizando acciones para
consumar el robo de Havana Club , marca cubana internacionalmente
reconocida. La Sección 211 de la Ley Omnibus de Asignaciones
Consolidadas Suplementarias y de Emergencia de Estados Unidos, de
1999, impide a titulares cubanos o a sus sucesores (entre ellos las
empresas extranjeras en Cuba), el reconocimiento en territorio
norteamericano de sus derechos sobre marcas o nombres comerciales
registrados y protegidos en Cuba.

Esta legislación no sólo tiene implicaciones en las relaciones
bilaterales Cuba-Estados Unidos, sino que afecta acuerdos
multilaterales, de los que ambos Estados son partes. Es por ello que,
desde el año 2002, el Órgano de Apelaciones de la Organización Mundial
del Comercio (OMC), decidió que la Sección 211 viola las obligaciones
del Trato Nacional y de Nación Más Favorecida del Acuerdo sobre los
Aspectos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio
(ADPIC). Dicho órgano pidió al Gobierno de EE.UU. que ajustara dicha
legislación de manera que fuera compatible con sus obligaciones
internacionales.

A pesar de esta decisión de la OMC y de reiterados llamados ulteriores
del mismo órgano, el gobierno norteamericano continúa ignorando su
cumplimiento. Esta forma de proceder confirma la falta de voluntad
política de las autoridades norteamericanas para dar solución a este
litigio y cumplir con las normas del comercio internacional. La falta
de compromiso del gobierno norteamericano con el derecho internacional
en sus relaciones con Cuba se comprobó el pasado 30 de marzo, cuando
el juez federal de la Corte de Washington D.C., Royce C. Lambert,
desestimó una demanda de la Empresa cubana CUBAEXPORT, (legítima
titular de la marca Havana Club), contra la Oficina de Control de
Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro, OFAC, la que denegó
la licencia que fuera solicitada en el año 2006. La desestimación de
esta demanda tiene como base la Sección 211.

Al respecto, la vocera de la Empresa Bacardí USA, Patricia Neal,
declaró a la agencia EFE que su Compañía aplaude la decisión del
tribunal, a lo que añadió que ese fallo confirma la decisión de que
“el Gobierno cubano no tiene derechos sobre la marca Havana Club en EE.UU.”

Sólo habría que preguntarse qué ocurriría si un país procediera a
cancelar arbitrariamente los registros de valiosas marcas
estadounidenses y una empresa las usara deliberadamente en ese mercado.

La comunidad internacional no puede permitir que los Estados Unidos
desconozcan impunemente el derecho comercial y de propiedad industrial
internacional y los fallos del Órgano de Apelaciones de la OMC.

Con esa actuación, los Estados Unidos han establecido un precedente de
impredecibles consecuencias en la esfera de los derechos de propiedad
intelectual relacionados con el comercio.

3.2 Afectaciones del Bloqueo a Otros Sectores de la Economía Cubana.

Sector de la construcción (vínculo al informe del MICONS). Desde abril
de 2008 hasta marzo de 2009, este sector ha tenido pérdidas por el
bloqueo en el orden de los 47.2 millones dólares y ellas, sin dudas,
han incidido negativamente en que el país pueda dar cumplimiento a los
planes previstos y a la recuperación de los desastres provocados por
el paso de  tres huracanes en el 2008.

Cuba ha tenido que enfrentar una compleja situación con el tema de la
construcción y reparación de más de 600 mil viviendas afectadas por
los huracanes. De ellas, 90 mil 958 totalmente destruidas. Sin
embargo, el bloqueo impide la ejecución de los planes de construcción,
conservación y rehabilitación de estas viviendas, dado que obstaculiza
la importación de materiales, productos, herramientas y equipos de
construcción, provenientes del exterior, así como de materias primas
para la producción nacional de materiales. Las afectaciones a los
programas constructivos de la vivienda se calculan en 7.3 millones dólares.

En el período comprendido de marzo del 2008 a abril del 2009 la
Empresa Comercializadora IMECO , importadora de materiales y productos
de construcción para la vivienda, se vio perjudicada en 2.3 millones
de dólares por la diferencia de precios, al tener que adquirir los
productos en mercados lejanos, a lo que se añade el costo del riesgo país.

La Empresa MATCO, importadora de materiales de construcción, está
obligada por causa del bloqueo a realizar  más del 80 % de su comercio
en Europa y Asia, lo que genera demoras en sus operaciones y
afectaciones en todas las actividades económicas internas que dependen
de dichos aseguramientos. El plazo desde el inicio de la gestión de
importación hasta la entrada al país de los productos adquiridos se
extiende considerablemente. En estos momentos, el tiempo de ejecución
medio es de 11 meses; pero habría podido reducirse a 5 meses, si Cuba
tuviera la posibilidad de operar en el mercado de Estados Unidos.

La Empresa Comercializadora IMECO, al verse imposibilitada de importar
componentes eléctricos de fabricación estadounidense de las marcas
Westinghouse y Cuttler Hammer, tuvo que realizar esta operación a
través del intermediario CONYAL S.A, por lo que se incrementó
notablemente el costo de dichos productos.

Las Empresas cubanas antes mencionadas han presentado solicitudes de
ofertas a compañías norteamericanas como la Ring Power Corporation y
la Spears Co., incluyendo a sus subsidiarias en terceros países, para
la compra de tuberías, accesorios interiores y exteriores de PVC,
vagones para la construcción y piezas y agregados para equipos de la
construcción; en ningún caso han recibido respuesta, por el temor a
las sanciones que se derivan de la aplicación de la política de bloqueo.

Un ejemplo de la aplicación extraterritorial del bloqueo en el sector
de la construcción es el siguiente:

La Compañía Siemens (División de Cemento) – radicada en Dinamarca –,
se negó a suministrar a Cuba equipamiento para la nueva fábrica de
cemento de Santiago de Cuba como consecuencia de la aplicación del
bloqueo. Esta negativa provocó que Cuba se viera obligada a
seleccionar un suministrador de menor confiabilidad y perder la
estandarización de los equipos en todas las plantas del país,
incrementando los costos financieros por inventarios.

La industria azucarera cubana tuvo afectaciones en el orden de los
127.5 millones de dólares en el período que se analiza. Solamente por
concepto de reubicación de mercados para la importación de insumos
agrícolas, el país tuvo que erogar 76.0 millones de dólares.

Durante el año 2008 la producción de azúcar de caña se vio afectada
por la aplicación del bloqueo en 162 mil 799 toneladas, equivalentes a
44.7 millones de dólares, de acuerdo con el precio del mercado en ese
momento. Dicha política estadounidense impidió la adquisición de
rodamientos especiales, empaquetaduras, metales, repuestos para la
industria, lubricantes y grasas para las reparaciones de los equipos
destinados a la producción. A esto se añaden los obstáculos para la
adquisición de camiones, remolques, neumáticos, combinadas, piezas y
accesorios para locomotoras. Todos estos productos son indispensables
en la industria azucarera.

La Empresa de Aeronáutica Civil de Cuba no ha escapado de las
afectaciones del bloqueo. Algunos ejemplos en este período así lo revelan:

El sistema de aviación civil cubana continúa confrontando graves
obstáculos para cobrar los servicios aeronáuticos que se le prestan a
las líneas aéreas estadounidenses que operan hacia y desde Estados
Unidos, por el uso del espacio aéreo cubano. Muestra de ello es la
multa de 100 mil dólares impuesta a la aerolínea Spirit Airlines, de
EE.UU., por el pago de sus cuotas a Cuba tras el uso del espacio aéreo
cubano por aeronaves de esa Compañía.

La aerolínea Cubana de Aviación S.A., no tiene autorización para
sobrevolar el territorio estadounidense por las medidas del bloqueo.
Sólo en los 800 vuelos de esa aerolínea desde Canadá a la zona
Centro-Oriental de Cuba, la compañía ha tenido pérdidas por este
concepto de, al menos, 2.4 millones de dólares.

De igual modo, al mantenerse la prohibición para que los ciudadanos
estadounidenses visiten a Cuba, las líneas aéreas cubanas y
estadounidenses continúan impedidas de servir este tipo de tráfico. En
el período que se informa, los ingresos dejados de percibir por esta
prohibición y la no prestación de otros servicios aeroportuarios
asciende a 193 millones 832 538 dólares.

La actividad de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente también fue
afectada a causa del bloqueo estadounidense.

A la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI), se le
obstaculiza el pago a la Oficina de la OMPI en Ginebra, por
solicitudes de patentes internacionales. Los Bancos suizos Credit
Suisse Bank y UBS se negaron a realizar las operaciones que les fueron
solicitadas, como consecuencia de la aplicación extraterritorial de
las disposiciones del bloqueo.

El sector de la Informática y las Comunicaciones también ha sido
fuertemente afectado por la aplicación del bloqueo, incluyendo las
restricciones impuestas por Estados Unidos al acceso de Cuba a Internet.

Cuba no puede conectarse a Internet a la velocidad que desee hacerlo.
La actual conexión cubana a la llamada red de redes no ofrece el ancho
de banda adecuado para satisfacer la demanda del país. El bloqueo
obliga a Cuba a utilizar un ancho de banda y conexión al satélite caro
y lento. El problema podría resolverse si Cuba se conectara los cables
de fibra óptica  submarinos que pasan a unos pocos kilómetros del
territorio nacional, pero las autoridades estadounidenses no lo han permitido.

Cuba no tiene derecho a acceder a los servicios que ofrecen gran
número de sitios en la WEB. Esta denegación de acceso se produce al
reconocerse que el enlace se establece desde una dirección de Internet
(IP) otorgada al dominio cubano .cu. Por consiguiente, solo se tiene
noción de la afectación cuando se accede desde Cuba. Se ha detectado
un caso en el que la negación de toda relación con Cuba se produjo sin
importar el lugar de procedencia de la conexión. Es el caso del sitio
de viajes AMADEUS.

En el mes de mayo del presente año, la Empresa norteamericana
Microsoft decidió bloquear el servicio de Windows Live a Cuba. Al
momento de conectarse a esta herramienta, se lee: “Microsoft ha
cortado el Windows Live Messenger IM para los usuarios de países
embargados por  Estados Unidos, por ello Microsoft no ofrecerá más
servicio de Windows Live en su país”.

A continuación se presentan algunos ejemplos de otras páginas Web con
negación de acceso desde el dominio .cu

Cisco Systems http://tools.cisco.com/RPF/register.do tecnologías para
conexión, ruteadores para servidores de acceso a Internet, incluso
equipamiento en el campo del video digital.

SolidWorks http://www.solidworks.com/sw/termsofuse.html sistemas
automatizados de diseño.

Symantec http://www.symantec.com/about/profile/policies/legal software
de protección contra virus.

La Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (ETECSA) ha tenido
pérdidas en el orden de los 53, 7 millones de dólares en el período en
estudio. Estos perjuicios se deben fundamentalmente a que no se puede
acceder al mercado norteamericano para comprar equipamiento
especializado, piezas de repuesto y otros insumos necesarios para el
buen desempeño de la actividad de la empresa. Ello obliga a buscar
intermediarios que encarecen en extremo el producto. En este período,
ETECSA se vio obligada a erogar 96 mil 100 dólares por encima de lo
previsto para disponer de mayor cantidad de componentes de repuesto y,
así, poder garantizar el servicio.

La industria turística cubana no escapa a los efectos adversos del
bloqueo. Se estima que los ingresos dejados de percibir están en el
orden de 1214.5 millones de dólares.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del
Tesoro de los Estados Unidos de América (OFAC), ha continuado
impidiendo las transacciones comerciales a Cuba derivadas de la oferta
turística cubana, incluidos los servicios ofrecidos a través de
Internet, entre los cuales se encuentran servicios de reservaciones,
compra de pasajes, alojamiento, arrendamiento de aviones y operaciones
relativas al turismo de crucero y náutico. El pasado año, la OFAC
prohibió a GDS SABRE continuar prestando servicios globales de
distribución de reservas de habitaciones a hoteles cubanos
administrados por cadenas extranjeras.

Según las proyecciones de la Asociación de Agencias de Viajes de
América, ASTA - que coinciden con las de otras fuentes vinculadas al
turismo internacional y en el Caribe en particular -, la cantidad de
turistas y cruceristas estadounidenses que habrían podido disfrutar
sus vacaciones en Cuba en el año 2008 de no existir la prohibición que
mantiene el gobierno de los Estados Unidos, se calcula en la cifra de
1.75 millones de visitantes. Por ese concepto, la industria turística
cubana dejó de ingresar en ese período no menos de 1,120 millones de
dólares, considerando incluso la variable de una disminución en los
gastos diarios de esos visitantes, motivada por la crisis que afectó a
la economía norteamericana desde el pasado año.

Las líneas aéreas canadienses deben entregar a las autoridades de
Estados Unidos la información sobre los pasajeros en vuelos que cruzan
el territorio estadounidense hacia Cuba con 72 horas de anticipación.

Este nuevo control es utilizado por la OFAC para controlar a los
ciudadanos estadounidenses que viajen a Cuba sin licencia.

Como consecuencia de la persecución norteamericana, las empresas
turísticas cubanas tampoco pueden anunciarse en los mejores sistemas
de servicios en la red, por ejemplo: Google, Yahoo y MSN, por ser
todos estadounidenses. En el período que abarca el presente informe,
el gobierno de Estados Unidos ha continuado limitando y entorpeciendo
al máximo el acceso de Cuba al comercio electrónico y a las
transacciones mediante tarjetas de crédito como medio de pago para las
ventas cubanas.

El bloqueo imposibilita la compra de equipos, piezas, partes y
agregados en el mercado de Estados Unidos y en sus filiales y
sucursales en otros países, así como de tecnología y servicios de
marcas norteamericanas que son conocidas por los turistas. Esto
encarece el suministro a la industria turística cubana por la vía de
precios más altos, mayores inventarios, incremento de fletes y
elevadas tasas de interés por créditos.

La Industria Básica, soporte importante de la economía nacional, se ve
constantemente asediada por la política de bloqueo. Dentro de este
sector, la industria del níquel continúa siendo una de las ramas más
atacadas y perseguidas por el bloqueo. En la etapa que se analiza, la
industria ha sufrido pérdidas por 62.9 millones de dólares. De ellos,
45.8 millones de dólares son resultado de las afectaciones a la
exportación, ya que se prohíbe la importación a EE.UU. de productos
elaborados total o parcialmente con materias primas cubanas, aunque
fuesen fabricados en terceros países.

Una entidad cubana perteneciente a la Industria Básica solicitó una
oferta a la compañía norteamericana ARMSTRONG EQUIPMENT, con vista a
adquirir un molino micronizador o módulo de molienda, de gran utilidad
en los trabajos de minería. Por el temor a la aplicación del bloqueo,
la respuesta nunca llegó.

Ejemplos de extraterritorialidad en la aplicación del bloqueo a dicha
industria:

Minxia Non-Ferrous Metal Inc., subsidiaria de la Compañía China
Minmetals, fue multada por la OFAC en 1 millón 198 dólares, por
comerciar sin licencia con metales cubanos (níquel) entre 2003 y 2006.

El actual gobierno de los Estados Unidos impuso una multa de 110 mil
dólares a la Compañía Varel Holdings por realizar exportaciones de
tecnología a Cuba. Esta firma se dedica a la fabricación de barrenas
para perforaciones petroleras y, según un informe de la OFAC, entre
junio de 2005 y junio de 2006 “una filial extranjera de Varel Holdings
realizó once exportaciones de bienes en las que Cuba o un ciudadano
cubano tenía interés”. La multa a esta Compañía es la más alta entre
las penalidades impuestas durante el presente año fiscal.

El 30 de abril, la OFAC informó que la empresa norteamericana EFEX
Trade LLC fue multada en un monto de 2 mil dólares, por prestar
servicios de envío de remesas sin licencia, en las que Cuba tenía un interés.

En julio del 2008, la Empresa Platte River Associates de Boulder,
Colorado, fue acusada de “comerciar con el enemigo”, por supuestamente
haber transferido tecnología a Cuba. Se le acusó de suministrar un
software técnico especializado de computadora y entrenamiento en
computación, que fue utilizado con posterioridad para crear un modelo
sobre la exploración y el desarrollo potencial de petróleo y gas en
las aguas territoriales de Cuba, sin haber obtenido previamente la
licencia del Departamento del Tesoro. Los ejecutivos de la Compañía
pudieran enfrentar sanciones penales de hasta 10 años de privación de
libertad.

La filial brasileña de la Firma Purolite no pudo vender resinas
catiónicas selectivas para níquel y cobalto al Instituto cubano de
Ciencia y Tecnología de Materiales (IMRE), con vista a ensayar su
empleo en el procesamiento de las lateritas. La aplicación exitosa de
dichas resinas podría derivar en aumentos importantes en la
recuperación de níquel y cobalto, así como en la reducción de sus
costos de producción. El Director Regional para Latinoamérica de la
Empresa Purolite expresó “que al ser esta una empresa norteamericana
no le era posible establecer relaciones comerciales con Cuba”.

Las afectaciones provocadas por el bloqueo a las empresas de la
industria sidero-mecánica se valoran en 38 millones 164 mil dólares.

De no haber sufrido esas pérdidas, se habría podido comprar 139 284
refrigeradores ó 1 773 423 tejas galvanizadas que permitirían techar
49 261 viviendas de 70 metros cuadrados cada una.

El bloqueo provoca el encarecimiento de la materia prima para la
producción de algunos equipos médicos. Por ejemplo, en la adquisición
del acero se sufrieron pérdidas de 96.5 mil dólares, debido a la
necesidad de acudir a mercados de mayor lejanía. Con este monto, se
habrían podido producir los 17 lavamanos de pedal o femorales que
necesita el Servicio de Neonatología del Hospital Materno “Dr. Eusebio
Hernández”, el cual ofrece atención a una elevada población  o se
habría podido atender las necesidad del Servicio de Urgencias del
Hospital Pediátrico “Juan Manuel Márquez”. Estos productos son
imprescindibles en los salones quirúrgicos de esos hospitales.

La extraterritorialidad en la aplicación del bloqueo afectó a la
empresa cubana ACINOX, cuando necesitó la compra de un transformador
de 125 MVA para la subestación eléctrica de 220 KV de la Antillana de
Acero de Cuba. Al tratar de realizar la compra en un país
latinoamericano, la empresa Siemens indicó: “No podemos vender a Cuba,
pues a pesar de ser una empresa alemana sigue algunas reglas norteamericanas”.

Algo similar ocurrió en enero de 2009. La empresa ALCOA-España rechazó
un pedido de la empresa comercializadora cubana Alcuba para la compra
de perfiles de aluminio. La respuesta de ALCOA-España fue la
siguiente: “En respuesta a su petición de información sobre suministro
de aluminio, hemos de informarle que, como empresa con sede social en
Estados Unidos, no nos está permitido atender su petición debido a las
actuales restricciones existentes que afectan al comercio con Cuba”.

La Industria Ligera también se ha visto afectada como consecuencia
directa del impacto negativo del bloqueo. Entre abril de 2008 y abril
de 2009, las pérdidas por este concepto se calculan en 18.7 millones
de dólares.

La Empresa CETRO, la Unión Suchel y la Empresa TEXORO de la Unión
Textil han sufrido afectaciones del orden de 1.9 millones de dólares,
por demora en la llegada de insumos para la producción de jabones de
tocador y de lavar, entre otros productos. Esta demora ha sido
provocada por las restricciones del bloqueo que obligan a su compra en
mercados lejanos.

4. Oposición a la Política Genocida de Bloqueo contra Cuba.

En los últimos meses, ha aumentado la atención internacional al tema
de las relaciones bilaterales entre los EE.UU y Cuba. Evidentemente,
el reclamo a favor de que se elimine el bloqueo contra Cuba y cese la
política de hostilidad contra un pequeño país, es más fuerte y firme que nunca.

El pasado 29 de octubre, por decimoséptima ocasión consecutiva, la
Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó, con el apoyo de una
abrumadora mayoría de sus Estados Miembros, la resolución “Necesidad
de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por
los Estados Unidos de América contra Cuba” (63/7), en la votación más
alta que haya alcanzado esta resolución en ese órgano  de las Naciones Unidas.

La Asamblea General, con el voto favorable de 185 de sus miembros,
reiteró de modo categórico el llamado a que se descontinúe esta
política ilegal y genocida que impone el Gobierno de los Estados
Unidos al pueblo cubano. Ese apoyo de la comunidad internacional es
coherente con su rechazo a la aplicación de medidas económicas,
comerciales y financieras unilaterales con efectos extraterritoriales
y que son contrarias al derecho internacional y a los principios de la
Carta de las Naciones Unidas.

Son muchas las voces que se levantan en el mundo a favor del cese de
esta inhumana política. En el período que abarca este Informe, se
produjeron numerosos pronunciamientos con el reclamo del fin de esta
política. Sobresalen entre ellos:

El 16 de mayo de 2008, se adoptó la Declaración de la V Cumbre América
Latina y el Caribe-Unión Europea, celebrada en Lima, Perú. En uno de
sus párrafos, los Jefes de Estado y de Gobierno de ambas regiones,
acordaron la siguiente formulación: “(…) Rechazamos con firmeza todas
las medidas coercitivas de carácter unilateral y efecto
extraterritorial que sean contrarias al Derecho Internacional y a las
normas generalmente aceptadas del libre comercio. Coincidimos en que
este tipo de prácticas representa una amenaza grave para el
multilateralismo. En este contexto, y en referencia a la resolución
A/RES/62/3 de la AGNU, reafirmamos nuestras bien conocidas posiciones
sobre la aplicación de las disposiciones extraterritoriales de la Ley
Helms-Burton”.

El 3 de octubre de 2008, los Jefes de Estado o Gobierno del Grupo de
Estados de Africa, Caribe y Pacífico (ACP), reunidos en su 6ta
Conferencia Cumbre celebrada en Ghana, aprobaron la “Declaración de
Accra”, en la que se “condena el uso de medidas unilaterales
coercitivas tales como las sanciones ilegales adoptadas contra ciertos
países en desarrollo con el propósito de impedir a dichos países el
ejercicio de su derecho de determinar su sistema político, económico y
social y rechazan, la aplicación de leyes y medidas unilaterales y
extraterritoriales contrarias al derecho internacional, tales como la
ley Helms-Burton.”

El 8 de diciembre de 2008, los Jefes de Estado o Gobierno de Cuba y de
los Estados que integran la Comunidad del Caribe (CARICOM), reunidos
en ocasión de la Tercera Cumbre Cuba-CARICOM, adoptaron una
declaración en la que se insta a que se “ponga fin al bloqueo
económico, comercial y financiero contra la República de Cuba y [en la
que se] exhorta al gobierno de los Estados Unidos de América a atender
al abrumador llamamiento de la inmensa mayoría de los miembros de las
Naciones Unidas, y a levantar con efecto inmediato el injusto bloqueo
económico, comercial y financiero impuesto contra la República de Cuba
y el cese de la aplicación de las medidas adoptadas el 6 de mayo de 2004”.

El 17 de diciembre de 2008, los Jefes de Estado o Gobierno de los
países de América Latina y el Caribe, reunidos en Brasil, en ocasión
de la Primera Cumbre de América Latina y el Caribe sobre Integración y
Desarrollo, adoptaron una Declaración Especial sobre la necesidad de
poner fin al bloqueo económico contra Cuba en la que rechazaron “de la
forma más enérgica la aplicación de leyes y medidas contrarias al
Derecho Internacional como la Ley Helms-Burton”; “exhortaron al
Gobierno de los Estados Unidos de América a que ponga fin a su
aplicación” y “a que cumpla con lo dispuesto en 17 resoluciones
sucesivas aprobadas en la Asamblea General de las Naciones Unidas y
ponga fin al bloqueo económico comercial y financiero que mantiene
contra Cuba”.

Los países de la Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra
América (ALBA), han rechazado reiteradamente y de modo categórico el
bloqueo impuesto contra Cuba por los Estados Unidos. En su reunión
Cumbre celebrada en Cumaná, Venezuela, el 17 de abril de 2009, los
Jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros del ALBA,
reiteraron su condena al bloqueo económico, comercial y financiero de
los Estados Unidos contra Cuba y decidieron reiterar “la Declaración
que todos los países de América Latina y el Caribe adoptaron el 16 de
diciembre de 2008 sobre la necesidad de poner fin al bloqueo
económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno de los
Estados Unidos de América a Cuba, incluida la aplicación de la llamada
ley Helms-Burton”.

Los Ministros de Relaciones Exteriores del Movimiento de Países No
Alineados, en ocasión de la Reunión Ministerial del Buró de
Coordinación del Movimiento, celebrada en La Habana, del 27-30 de
abril de 2009, “reiteraron una vez más su llamamiento al gobierno de
los Estados Unidos de América a poner fin al bloqueo económico,
comercial y financiero contra Cuba que, además de ser unilateral y
contrario a la Carta de las Naciones Unidas, al derecho internacional,
así como al principio de buena vecindad, causa grandes pérdidas
materiales y daños económicos al pueblo de Cuba”. Además: “instaron
una vez más al estricto cumplimiento de las resoluciones 47/19, 48/16,
49/9, 50/10, 51/17, 52/10, 53/4, 54/21, 55/20, 56/9, 57/11, 58/7,
59/11, 60/12, 61/11, 62/3 y 63/7 de la Asamblea General de las
Naciones Unidas”; “expresaron su profunda preocupación por el
creciente carácter extraterritorial del bloqueo contra Cuba”; y
“rechazaron el reforzamiento de las medidas adoptadas por el gobierno
de los Estados Unidos para recrudecer el bloqueo, así como todas las
demás medidas  aplicadas por el gobierno de los Estados Unidos contra
el pueblo de Cuba”.

En la Declaración de la VI Cumbre Extraordinaria de la Alternativa
Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América –Tratado de Comercio
de los Pueblos (ALBA-TCP),  celebrada en Maracay, República
Bolivariana de Venezuela, el 24 de junio de 2009, los Jefes de Estado
o Gobierno de los países miembros “ratificaron su condena absoluta al
bloqueo económico, comercial y financiero de los Estados Unidos contra
Cuba y reiteraron su reclamo para que este sea eliminado de forma
incondicional e inmediata.”

La oposición al bloqueo crece también de modo significativo en los
propios Estados Unidos.

El 8 de mayo de 2008, el Comité de Turismo y Viajes de la Cámara de
Representantes de Alabama, aprobó una resolución en la que solicitaba
al Presidente Bush, a la Secretaria de Estado Condoleezza Rice y al
Congreso, levantar las restricciones de viajes a Cuba, especialmente
desde el Estado de Alabama.

El 27 de mayo de 2008, el diario The Washington Post publicó el
artículo “El loco bloqueo contra Cuba”, de Eugene Robinson, en el que
calificó la política hacia nuestro país de “increíblemente estúpida
(...) infantil, irresponsable y contraproducente”

Del 23 al 25 de septiembre de 2008, la compañía Zogby Internacional y
Diálogo Interamericano, realizaron una encuesta a 2700 votantes
norteamericanos probables, sobre diferentes temas que afectan a
América Latina. Respecto a Cuba, el sondeo arrojó que alrededor del
60% de los encuestados favorecían el criterio de que los EE.UU.
revisaran la política hacia Cuba y permitieran el comercio de sus
empresas con dicho país. Asimismo, el 68% apoyó que todos los
estadounidenses puedan viajar a Cuba.

El 17 de octubre de 2008, la revista norteamericana Science publicó un
editorial, firmado por el Secretario de Relaciones Internacionales de
la Academia de Ciencias de Cuba y su homólogo de la Academia Nacional
de Ciencias de EE.UU., en el que se aboga por el levantamiento de las
restricciones al intercambio académico bilateral.

El 24 de octubre de 2008, el representante de la empresa
médico-farmacéutica canadiense Cari Med Canadá Trading Inc., Alberto
Rodríguez, durante su participación en el VIII Congreso
Centroamericano y del Caribe de Anestesiología, Reanimación y Dolor,
celebrado en La Habana, expresó que “las licencias que emiten los
Departamentos de Comercio y del Tesoro de EE.UU. para poder vender
productos a Cuba son extremadamente restringidas, con un grado de
detalle muy alto”. Según sus declaraciones, se les solicitan
informaciones totalmente absurdas. Asimismo, calificó ese acto de
“criminal, genocida y bárbaro”, por obstaculizar el acceso de Cuba a
equipos médicos y dispositivos necesarios para salvar vidas humanas.

El 4 de diciembre de 2008, un grupo de organizaciones y asociaciones
vinculadas con el  comercio, los viajes y la agricultura, dirigieron
una carta al Presidente Obama, con el título “Reexaminar la política
de los EE.UU. hacia Cuba”, en la que le solicitaron ir más allá de sus
promesas de campaña y realizar una revisión más amplia de la política
norteamericana. La misiva fue firmada por representantes autorizados
de 12 organizaciones, entre las que destacan la Federación Agrícola de
EE.UU., la Sociedad Americana de Agentes de Viajes, la Cámara de
Comercio de EE.UU., el Consejo Nacional de Comercio Exterior y USA
Engage. Ese mismo día, la Asociación de Agentes de Viajes de EE.UU.
(ASTA), solicitó al presidente electo, Barack Obama, la eliminación de
todas las restricciones de viajes a Cuba.

En noviembre de 2008, el Grupo de Estudios sobre Cuba (GEC) y la
Brookings Institution, financiaron una encuesta realizada por la
Universidad Internacional de Florida (FIU), durante las tres semanas
posteriores a la elección presidencial, con el objetivo de medir la
opinión de los cubanoamericanos sobre la política de los EE.UU. hacia Cuba.

El sondeo reveló que, en materia de remesas, el 65% de los encuestados
estaba a favor de que se retorne a las condiciones existentes antes
del 2003; un 66% apoyó el restablecimiento de los viajes de los
cubanoamericanos, mientras que el 67% se manifestó favorable a la
eliminación de las restricciones impuestas a los ciudadanos
norteamericanos. El 79% consideró que el bloqueo no ha funcionado y el
55% se opuso a que se continúe aplicando. El 65% favoreció el
restablecimiento de relaciones diplomáticas entre Cuba y los EE.UU. y
el 79% opinó que ambos gobiernos deben establecer un diálogo directo
sobre temas de interés mutuo.

El 23 de febrero de 2009, se dio a conocer el documento titulado
“Cambiar la política hacia Cuba en el interés nacional de EE.UU.”,
elaborado por la oficina del Senador Richard Lugar (R-IN) y  circulado
al pleno del Senado y, en particular, a los miembros del Comité de
Relaciones Exteriores.

Tras reconocer el fracaso de la política de los EE.UU. hacia Cuba, el
informe plantea una serie de recomendaciones entre las que destacan:
reemplazar la condicionalidad en el enfoque de los EE.UU. por un
acercamiento o compromiso progresivo; levantar las restricciones de
viajes y remesas a los cubanoamericanos; y, revisar las leyes
Torricelli y Helms-Burton, así como los informes de la Comisión para
la Asistencia a una Cuba Libre. Además, propuso reanudar las
conversaciones bilaterales, establecer estrategias de cooperación en
la esfera migratoria y en el combate al problema de las drogas y
flexibilizar las medidas aplicadas en el área económica.

El 23 de febrero, catorce congresistas firmaron una carta dirigida al
Presidente Obama en la que apoyaron el “libre comercio entre Cuba y
los EE.UU.”, argumentando las ventajas económicas que pudiera
proporcionarles a ambas naciones.

Como se aprecia, en un creciente espectro de la opinión pública de los
Estados Unidos se amplifica la percepción de la necesidad de un cambio
fundamental de la política gubernamental en relación a Cuba, en lo que
constituiría una variable esencial el levantamiento del bloqueo
económico, comercial y financiero.

5. Conclusiones

La conducta del Gobierno de los Estados Unidos desde octubre de 2008 –
cuando se adoptó la Resolución 63/7 –, hasta mayo de 2009, confirma
que no se ha dado ningún paso por ese país para poner fin al bloqueo
económico, comercial y financiero que impone contra la República de
Cuba.  Por el contrario, se ha incumplido flagrantemente lo dispuesto
por la Asamblea General al reportarse numerosas acciones que refuerzan
la política de bloqueo.

El daño económico directo al pueblo cubano  por la aplicación del
bloqueo económico, comercial y financiero de los EE.UU. contra Cuba
hasta diciembre de 2008, calculado de modo muy conservador, asciende a
una cifra que supera los 96 mil millones de dólares, cifra que
ascendería a  236 mil 221 millones de dólares, si el cálculo fuera
realizado a los precios actuales del dólar norteamericano. Esa cifra
no incluye los daños directos ocasionados a objetivos económicos y
sociales del país por los sabotajes y actos terroristas alentados,
organizados y financiados desde los Estados Unidos.

El bloqueo económico, comercial y financiero, impuesto por el gobierno
de los Estados Unidos contra Cuba, continúa siendo el principal
obstáculo al desarrollo económico y social del país, así como para su
recuperación tras el paso de los tres devastadores huracanes que lo
afectaron en el 2008.

El bloqueo viola el Derecho Internacional. Es contrario a los
propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.
Constituye una trasgresión al derecho a la paz, el desarrollo y la
seguridad de un Estado soberano.  Es, en su esencia y sus objetivos,
un acto de agresión unilateral y una amenaza permanente contra la
estabilidad de un país. Constituye una violación flagrante, masiva y
sistemática de los derechos de todo un pueblo. Viola también los
derechos constitucionales del pueblo norteamericano, al quebrantar su
libertad de viajar a Cuba. Viola, además, los derechos soberanos de
muchos otros Estados por su carácter extraterritorial.

A pesar de los intensos y crecientes reclamos de la comunidad
internacional al nuevo gobierno norteamericano para un cambio de la
política hacia Cuba, el levantamiento del bloqueo y la normalización
de las relaciones bilaterales, el gobierno del Presidente Obama ha
mantenido intacta la política de bloqueo.

El bloqueo, además de ilegal, es moralmente insostenible. No existe un
sistema de sanciones unilaterales similar, que se lleve a cabo  contra
ningún otro país del mundo por un período tan prolongado. Por tanto,
los Estados Unidos deben levantarlo sin más demora ni pretextos.
                                                                                       envio- Solidaridadconcuba

Por lobogabriel - 26 de Septiembre, 2009, 8:52, Categoría: periodico
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